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SE INVESTIGA POR DESOBEDIENCIA A UN EMPRESARIO DE LA MADERA

La Fiscalía abrió la investigación a partir de la presunta desobediencia a una disposición de la Dirección de Bosques de la Provincia. El imputado es un empresario que realizaba una tala de pinos y luego de recibir una notificación del organismo provincial para que detenga los trabajos, habría continuado con algunas de las tareas emprendidas. El imputado sostiene que acató la disposición y solo intentó preservar la madera cortada.



El lugar donde se realizaron los trabajos es el ocupado por una familia (Cárdenas) y por el cual se sostiene un conflicto entre esta y quién detenta un título de propiedad sobre esas tierras (Korn). Allí existe una plantación de pinos a nombre de una tercera persona, y esta, junto con el titular del predio, dispuso que se realice la tala de las especies. Para esto realizaron una presentación en la Dirección de Bosques y desde allí, con vistas al conflicto que pesa sobre ese lugar, dispuso suspender el trámite de autorización de trabajos de aprovechamiento forestal iniciado para “contribuir con las partes en conflicto a arribar a un acuerdo sobre las cuestiones que plantean a los efectos forestales sobre el tema en cuestión”.

No hizo caso

Según la imputación de la Fiscalía, en parcela forestal ubicada sobre margen oeste del Río Azul, con posterioridad al 14 de mayo de este año, el imputado, un empresario maderero de la zona, habría desobedecido la orden emanada de la Dirección de Bosques y Parques de la Provincia, “y que le fuera personalmente notificada los días: 14 - por fax - y 18 de mayo del corriente año, hecho que se materializó al continuar el nombrado con trabajos de aprovechamiento forestal, fundamentalmente en lo que concierne a corte y desrame, conociendo que el Director General de Bosques y Parques de la Provincia había dispuesto suspender el trámite de toda actuación y/o autorización de aprovechamiento forestal en el área respecto a los permisos para actuar en la parcela referida. Medida que fuera adoptada por la autoridad de aplicación, a fin de contribuir con las partes en conflicto a arribar a un acuerdo sobre las cuestiones que plantean a los efectos forestales sobre el tema en cuestión.”
Para el Fiscal, el imputado hizo caso omiso a la orden impartida ya que cortó, desramó y trozó, al menos 57 plantas de pino oregón, a través de personas que contrató para ello.

Descargo

El empresario acusado dio su versión de los hechos. En una larga alocución se refirió a la secuencia de lo sucedido según su interpretación. Indicó que su trámite en la Dirección de Bosque fue solo una puesta en conocimiento ya que por tratarse de tierras de propiedad privada y de una plantación forestal, no de bosque nativo, la tala de las especies no requiere de ningún tipo de autorización mas que la del dueño.
Por otra parte indicó que cuando la Dirección de Bosques lo notifica, lo hace no de una disposición, sino de una intención conciliatoria entre las partes en conflicto, y que pese a esto él cesó con la actividad “de innovación”, es decir que no siguió “matando árboles”, sino únicamente con una “actividad secundaria”, tendiente a proteger la madera volteada evitando que esta “se eche a perder”.

La medida cautelar

Constatada la presunta desobediencia, la Fiscalía solicitó al Juez, y así se dispuso, la aplicación de una medida cautelar sobre el lugar, impidiendo que continúe cualquier tipo de trabajos sobre esa parcela. El imputado presentó un pedido para que cese esta disposición o sea morigerada ya que le traería perjuicios económicos importantes. Según su postura, la madera cortada, de no ser acondicionada se perdería.
Luego de subsanadas algunas falencias formales de la presentación, el Fiscal consintió que se realice un relevamiento, constatación y especificación de toda la madera que fue cortada y que está vinculada a la investigación, y se autoricen las tareas propias de su preservación con la estricta supervisión de la Dirección Provincial de Bosques y Parques, y sin moverla del lugar en el que se encuentra actualmente, hasta que una orden judicial disponga lo contrario.
Los investigadores tienen seis meses para concluir la etapa penal preparatoria del juicio.


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