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El Bolson: El Acta que Garcia no quiso firmar

-ACTA ACUERDO-

En la ciudad de El Bolsón, Provincia de Río Negro, a los 26 días del mes de Mayo de 2013, reunidas, la PROVINCIA DE RÍO NEGRO, representada por su Gobernador, Dn. Alberto Weretilneck, la MUNICIPALIDAD DE EL BOLSÓN, representada por su Intendente, Sr. Ricardo García, el Presidente del Concejo Deliberante, Sr. Víctor Hugo Águila y los Concejales Rubén Cobos, Beatriz Tejeiro, Raúl García, Leticia Tornero, Paola Sana y Jorge Torman, el ENDIPEM, representado por su Presidente, Sr. José Luis Calviño y las empresas LADERAS DEL PARALELO 42 S.A (LP42 S.A) y LADERAS DEL PERITO MORENO S.A, ambas representadas por su Presidente, Sr. José Irusta, se conviene en celebrar el presente ACTA ACUERDO:

1. LP42 S.A, en su calidad de concesionaria, garantiza el inicio y normal desarrollo de la operación del Cerro Perito Moreno en la próxima temporada de invierno 2013, ello en las mejores condiciones posibles y teniendo en cuenta las limitaciones dictaminadas judicialmente.

2. La MUNICIPALIDAD DE EL BOLSÓN declara que no aprobará y/o autorizará la realización de proyecto de desarrollo alguno sobre las tierras objeto de investigación en  los autos “Investigación sobre fraude en perjuicio de la Adm. Pública. Expte. Nº 47.032/12”, que se tramita en el Juzgado de Instrucción Nº 2 de la ciudad de Viedma, a cargo del Dr. Carlos Reussi.

3. La MUNICIPALIDAD DE EL BOLSÓN declara que autorizará la realización del proyecto urbanístico denominado “2020”, oportunamente presentado por LADERAS DEL PARALELO 42 S.A (LP42 S.A) y LADERAS DEL PERITO MORENO S.A, supeditado al acaecimiento en forma concurrente de las siguientes tres condiciones:

a) Declaración de archivo –por cualquier causal de liberación de responsabilidad penal- de los autos “Investigación sobre fraude en perjuicio de la Adm. Pública. Expte. Nº 47.032/12”;

b) Renegociación del Contrato de Concesión de Obra Pública sobre el Cerro Perito Moreno, oportunamente suscripto entre el ENDIPEM y LP42 S.A, todo ello con la plena conformidad del Poder Ejecutivo y la Fiscalía de Estado de la PROVINCIA DE RIO NEGRO.

c) Obtención de las autorizaciones ambientales de conformidad con el ordenamiento aplicable.

4. Todas las partes acuerdan promover el diálogo y coordinación entre sus miembros a efectos de facilitar las tareas descriptas anteriormente en un clima de respeto, colaboración y trabajo en común.

5. Suscriben la presente los representantes de las siguientes entidades participantes en la reunión del día de la fecha.

a) Cámara de Comercio de El Bolsón;
b) Cámara de Turismo de El Bolsón;
c) Club Andino Piltriquitrón;
d) Asociación de Mujeres Empresarias de Turismo (ASET)
e) Club El Refugio;
f) Grupo Empresario de Servicios Turísticos Comarca Andina Paralelo 42, de Río Negro y Chubut (GESTUR);
g) Unión de Trabajadores Gastronómicos y Hoteleros de la República Argentina (UTHGRA);
h) Asociación de Empleados de Comercio (AEC);
i) Club Social y Deportivo Cristal;

En el lugar y fecha indicados en el encabezamiento, se suscribe la presente.



FM PARAISO 42

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